tutela
Definición
Del lat. tutēla 'defensa', 'amparo'.
- 1. f. Autoridad que, en defecto de la paterna o materna, se confiere para cuidar de la persona y los bienes de aquel que, por minoría de edad o por otra causa, no tiene completa capacidad civil.
- 2. f. Cargo de tutor.
- 3. f. Dirección, amparo o defensa de una persona respecto de otra.
tutela dativa
- 1. f. Der. tutela que se confiere por nombramiento del consejo de familia o del juez y no por disposición testamentaria ni por designación de la ley.
tutela ejemplar
- 1. f. Der. tutela que se constituye para cuidar de la persona y de los bienes de los incapacitados mentalmente.
tutela judicial
- 1. f. Der. Protección de los derechos de las personas dispensada por jueces y tribunales.
tutela legítima
- 1. f. Der. tutela que se confiere por virtud de llamamiento que hace la ley.
tutela testamentaria
- 1. f. Der. tutela que se defiere por virtud de llamamiento hecho en el testamento de una persona facultada para ello.