feudo
Definición
Del b. lat. feudum.
- 1. m. Contrato por el cual los soberanos y los grandes señores cedían en la Edad Media tierras o rentas para su aprovechamiento o explotación, obligándose quien las recibía a guardar fidelidad de vasallo al donante, prestarle el servicio militar y acudir a las asambleas políticas y judiciales que convocaba.
- 2. m. Reconocimiento o tributo con cuya condición se concedía el feudo.
- 3. m. Dignidad o heredamiento que se concedía en feudo.
- 5. m. Ámbito político, social, deportivo, etc., en el que alguien ejerce un dominio absoluto.
- 6. m. Dep. En algunos deportes, campo propio en el que juega habitualmente un equipo.
feudo de cámara
- 1. m. feudo que estaba constituido en renta anual de dinero sobre la hacienda del señor.
feudo franco
- 1. m. feudo que se concedía libre de servicio personal.
feudo impropio
- 1. m. feudo al que faltaba alguna circunstancia de las que pedía la constitución del feudo propio.
feudo ligio
- 1. m. feudo en que el feudatario quedaba tan estrechamente subordinado al señor, que no podía reconocer otro con subordinación semejante, a distinción del vasallaje en general, que se podía dar respecto de diversos señores.
feudo propio
- 1. m. feudo en que concurrían todas las circunstancias que pedía su constitución; como el feudo recto.
feudo recto
- 1. m. feudo que contenía obligación de servicio personal.